AB Legal Abogados

Derecho penal

Defensa y asesoría en procesos penales

AB Legal Abogados brinda asesoría y representación a personas involucradas en procesos penales en Costa Rica, tanto para la defensa de personas investigadas o acusadas como para la orientación y representación de víctimas u ofendidos. El primer paso es conocer qué ocurrió, revisar la documentación disponible y determinar la situación procesal concreta.

Lic. Juan José Acuña Brenes · Carné 32875 · Cartago o virtual, con cita previa

Si recibió un documento

Una citación, notificación o convocatoria a audiencia puede estar vinculada a actuaciones o plazos que deben revisarse según el caso. Conviene conservar el documento recibido y obtener orientación antes de actuar.

Punto de partida

¿Está enfrentando alguna de estas situaciones?

Cada una de ellas corresponde a una situación procesal distinta, y no todas requieren lo mismo. Identificar cuál es la suya es la primera parte del trabajo.

Recibí una citación o notificación relacionada con un proceso penal
Me informaron que existe una denuncia o investigación en mi contra
Debo presentarme a una audiencia o comparecencia
Ya tengo un expediente penal y necesito saber en qué estado se encuentra
Necesito defensa dentro de un proceso penal
Fui víctima u ofendido por un posible delito y necesito orientación
Quiero valorar si corresponde presentar una denuncia penal
Necesito revisar prueba, documentos o actuaciones relacionadas con un proceso
Tengo una situación penal y no sé cuál debe ser el siguiente paso

Dos perspectivas

Dos perspectivas del proceso

Un proceso penal se puede vivir desde dos posiciones muy distintas. La firma atiende ambas, y el trabajo no es el mismo en cada caso.

A · Defensa

Defensa de la persona investigada o acusada

Según el caso y la etapa en que se encuentre, la defensa puede comprender:

Revisión del expediente y de la situación procesal

Explicación de las actuaciones que se están realizando

Análisis de la prueba disponible

Preparación para audiencias y comparecencias

Formulación de solicitudes, argumentos y actuaciones de defensa que jurídicamente correspondan

Acompañamiento durante las distintas etapas del proceso

Qué actuaciones resultan procedentes depende del expediente y de la etapa. Ninguna terminación de un proceso penal puede anticiparse ni ofrecerse.

B · Víctima u ofendido

Asesoría y representación de víctimas u ofendidos

Una persona afectada por un posible delito suele necesitar, antes que nada, entender qué lugar ocupa dentro del proceso: qué actuación existe, quién la conduce y en qué momento se encuentra.

A partir de ahí puede valorarse qué actuaciones resultan jurídicamente disponibles en el caso concreto y de qué forma corresponde participar, para que la intervención sea oportuna y no quede reducida a esperar noticias.

Qué puede hacer una persona ofendida, y con qué alcance, depende del asunto y del procedimiento. No es algo que pueda afirmarse de forma general antes de revisar el caso.

Primeras actuaciones

Antes de decidir qué hacer, hay que saber qué está ocurriendo

La estrategia se define después de comprender los hechos, revisar la documentación disponible y determinar la situación procesal concreta.

Paso 01

Comprender los hechos

Escuchar qué ocurrió y qué información tiene la persona, sin anticipar conclusiones.

Paso 02

Revisar la documentación

Examinar citaciones, resoluciones, denuncias, expediente u otros documentos disponibles.

Paso 03

Determinar la situación procesal

Identificar qué actuación existe, en qué condición interviene la persona y qué aspectos requieren atención.

Paso 04

Definir la estrategia

Explicar las alternativas jurídicamente disponibles y preparar las actuaciones que correspondan.

Un punto de precisión

No todas esas frases significan lo mismo

"Me denunciaron", "me citaron", "me investigan" y "tengo una audiencia" se usan a menudo como equivalentes, y no lo son. Describen situaciones jurídicas distintas, con documentos distintos detrás y actuaciones distintas en curso.

Antes de recomendar cualquier actuación, hay que determinar qué documento existe, qué autoridad interviene, cuál es la condición procesal de la persona y qué actuación se está realizando. Identificar eso con precisión es lo que permite valorar qué corresponde hacer.

Lo que se revisa primero

01Qué documento existe

02Qué autoridad interviene

03En qué condición interviene la persona

04Qué actuación se está realizando

Audiencias

Si hay una audiencia señalada

Si existe una audiencia o comparecencia señalada, la preparación depende del tipo de actuación y de la posición que ocupa la persona dentro del proceso. Revisar previamente el expediente y la convocatoria permite determinar qué debe prepararse para ese acto concreto.

¿Qué conviene conservar?

Citaciones o notificaciones recibidas

Resoluciones judiciales o comunicaciones oficiales

Documentación relacionada con los hechos

Información que permita identificar el expediente, si ya existe

Otros elementos que el abogado solicite después de conocer el caso

Privacidad

Por privacidad, no es necesario enviar por WhatsApp una narración detallada de los hechos, declaraciones, fotografías sensibles, datos de terceros ni documentación completa antes de que se indique un canal adecuado para revisarla.

Quién atiende el asunto

Lic. Juan José Acuña Brenes

Abogado y notario público, carné 32875 del Colegio de Abogados y de Abogadas de Costa Rica. Director de AB Legal Abogados, brinda asesoría y representación jurídica en materia penal.

La atención de un asunto penal empieza por lo mismo en todos los casos: leer con cuidado lo que la persona recibió, revisar el expediente cuando existe acceso y explicar en términos comprensibles qué está ocurriendo. Sobre esa base se define qué corresponde hacer.

El trato es directo y reservado. La orientación se brinda a partir de la información disponible y, cuando una conclusión depende de la revisión del expediente o de otras actuaciones, se indica expresamente.

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Datos profesionales

Condición Abogado y Notario Público
Carné 32875, Colegio de Abogados y de Abogadas de Costa Rica
Formación Mediación y Conciliación
Firma Director de AB Legal Abogados
Atención Cartago, presencial o virtual con cita previa

Confidencialidad

La información comunicada al abogado dentro de la relación profesional está sujeta a los deberes de confidencialidad y secreto profesional aplicables al ejercicio de la abogacía. En un asunto penal conviene reservar los detalles para un espacio de consulta adecuado.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre un asunto penal

Orientaciones generales. Lo aplicable a su caso depende de la actuación concreta y de la etapa en que se encuentre.

Conserve el documento tal como lo recibió y revise qué autoridad lo emite, para qué fecha y qué indica en su texto. Esa información es la que permite establecer de qué actuación se trata. Antes de responder, presentarse o firmar algo, conviene obtener orientación sobre la situación concreta que el documento refleja.

Que alguien puso en conocimiento de una autoridad una situación que considera constitutiva de delito. La sola existencia de una denuncia no equivale por sí misma a una declaración de responsabilidad. Lo que corresponde revisar es qué actuación existe a partir de ella, ante qué autoridad y en qué condición aparece usted.

Sí, cuando exista acceso jurídicamente disponible al expediente o a la documentación correspondiente. Revisar las actuaciones realizadas permite conocer la situación procesal y valorar las opciones con base en la información disponible en el caso concreto.

Revisar previamente la convocatoria, el expediente y la naturaleza del acto señalado. Qué debe prepararse depende del tipo de actuación de que se trate y de la posición que usted ocupa en el proceso, de modo que la preparación se define después de esa revisión.

Puede recibir orientación sobre su posición dentro del proceso y sobre las actuaciones que resulten jurídicamente disponibles según las circunstancias del caso. Qué puede hacer una persona ofendida, y de qué forma, depende del asunto y del procedimiento, por lo que se revisa antes de plantear cualquier actuación.

Puede recibir asesoría para ordenar los hechos, revisar la documentación disponible y valorar jurídicamente la situación antes de presentar una denuncia. Esa valoración también puede determinar que los hechos deban analizarse por una vía distinta de la penal.

No. La existencia de una denuncia no equivale por sí misma a una declaración de responsabilidad ni permite anticipar el resultado de un proceso. La situación debe analizarse a partir de las actuaciones y elementos existentes en el caso concreto.

No. Para coordinar la consulta basta con indicar que se trata de un asunto penal. La narración de los hechos, las declaraciones, las fotografías y la documentación se revisan en un espacio adecuado, no por mensajería.

Primero debe revisarse el expediente, la etapa en que se encuentra y las actuaciones ya realizadas. De esa revisión depende qué puede hacerse a partir de ese punto y si la firma está en condiciones de asumir la representación.

Depende de la naturaleza del asunto, del estado del proceso, de las actuaciones que requiera y del alcance de la representación. Después de la valoración inicial se pueden definir los honorarios correspondientes, y se le informan antes de iniciar.

Los documentos que haya recibido y la información de que disponga sobre la situación. No hay una lista que sirva para todos los casos: lo que falte se le indica una vez que se conoce el asunto.

Sí, la consulta puede realizarse de forma virtual o presencial en Cartago, con cita previa. Eso no significa que todas las actuaciones de un proceso penal puedan realizarse a distancia: eso depende de cada actuación y de las reglas aplicables.

El primer paso

Primero, conozcamos qué está ocurriendo

Si recibió una citación, existe un proceso o necesita orientación sobre una situación penal, el primer paso es revisar la información disponible y determinar qué actuación corresponde valorar.

Atención en Cartago o virtual, con cita previa.

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Primer paso

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